El ITBMS (Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios) es el principal impuesto indirecto en Panamá y el equivalente al impuesto al valor agregado (IVA) en otros países. Grava la venta de bienes, la prestación de servicios y determinadas importaciones, siendo una de las obligaciones tributarias más relevantes para empresas y profesionales. Conocer quién debe cobrarlo, las tasas aplicables y el procedimiento para su declaración es fundamental para mantener un adecuado cumplimiento tributario.
¿Qué es el ITBMS?
El ITBMS es el impuesto que grava la transferencia de bienes corporales muebles, la prestación de servicios y las importaciones realizadas en Panamá.
Su tasa general es del 7%, una de las más bajas de América Latina, aunque existen tarifas especiales para determinados bienes y servicios.
¿Cuáles son las tasas del ITBMS?
Actualmente, la legislación contempla las siguientes tarifas:
| Tasa | Aplicación |
| 7% | La mayoría de bienes y servicios gravados. |
| 10% | Bebidas alcohólicas y servicios de hospedaje. |
| 15% | Cigarrillos, puros y demás derivados del tabaco. |
¿Quién debe cobrar y declarar el ITBMS?
Están obligadas las personas naturales y jurídicas que, en el desarrollo de su actividad económica, realicen operaciones gravadas con ITBMS.
Estas deberán:
- Cobrar el impuesto al cliente.
- Compañías pertenecientes al mismo grupo económico.
- Emitir la factura correspondiente.
- Declarar y pagar el impuesto ante la DGI.
La normativa contempla excepciones para determinados pequeños contribuyentes conforme a los umbrales establecidos por la ley.
¿Cómo y cuándo se declara?
El ITBMS se presenta mensualmente mediante el Formulario 430, utilizando la plataforma e-Tax 2.0.
La declaración debe presentarse dentro de los primeros quince (15) días del mes siguiente al período declarado e incluye la diferencia entre el débito fiscal generado por las ventas y el crédito fiscal correspondiente a las compras.
¿Qué sucede si la declaración se presenta fuera de plazo?
La presentación o pago tardío del ITBMS puede generar:
- Recargos.
- Intereses.
- Sanciones administrativas por parte de la DGI en casos de reincidencia.
Cumplir oportunamente con esta obligación ayuda a reducir riesgos tributarios y evitar costos adicionales.
¿Qué cambió en 2026 respecto a los precios con ITBMS incluido?
La Ley N.° 531 de 2026 prorrogó hasta el 1 de julio de 2027 la entrada en vigor de la obligación de exhibir los precios al consumidor con los impuestos incluidos, prevista originalmente por la Ley 473 de 2025.
Esta prórroga concede más tiempo a los comercios para adaptar sus sistemas de facturación y exhibición de precios.
¿Cómo puede ayudar LAC Tax?
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