¿La Visa de Países Amigos otorga residencia temporal o permanente?
La categoría de Países Amigos funciona en dos etapas. Primero, el Servicio Nacional de Migración (SNM) puede otorgar un Permiso de Residencia Provisional por un período de dos (2) años a los solicitantes que cumplan con los requisitos correspondientes.
Antes del vencimiento del permiso provisional, el solicitante debe iniciar el proceso para solicitar la Residencia Permanente. Como medida práctica, es recomendable comenzar a preparar la solicitud al menos tres (3) meses antes del vencimiento.
En la etapa de residencia permanente, el solicitante deberá demostrar que continúa cumpliendo con los requisitos aplicables a la categoría, aunque determinada documentación presentada durante la solicitud inicial podría no tener que aportarse nuevamente, dependiendo de los requisitos migratorios vigentes.
¿Qué nacionalidades pueden aplicar?
La elegibilidad está limitada a nacionales de los 50 países y jurisdicciones específicamente designados bajo el régimen migratorio de Países Amigos de Panamá.
Estos incluyen: Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Israel, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Mónaco, Montenegro, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, San Marino, Serbia, Singapur, Eslovaquia, Sudáfrica, Corea del Sur, España, Suecia, Suiza, Reino Unido, Estados Unidos y Uruguay.
La nacionalidad por sí sola no es suficiente. El solicitante también debe cumplir con los requisitos migratorios generales y calificar bajo una de las vías permitidas para la categoría de Países Amigos.
Requisitos generales
Los solicitantes deben presentar, en términos generales, poder y solicitud mediante abogado panameño, fotografías tamaño carné, copia debidamente autenticada del pasaporte, certificado de antecedentes penales, certificado de salud, declaración jurada de antecedentes personales y los pagos gubernamentales correspondientes.
También se requieren documentos adicionales según la vía utilizada. Los solicitantes por razones laborales deben acreditar su relación de trabajo con una empresa panameña; quienes apliquen mediante inversión inmobiliaria deben demostrar la propiedad de un inmueble elegible por un valor mínimo de US$200,000; y quienes utilicen un depósito a plazo fijo deben acreditar un depósito de al menos US$200,000 en un banco de licencia general en Panamá, libre de gravámenes y constituido por un período mínimo de tres años.
Las tres vías para aplicar
| Vía | Umbral | Aspectos principales |
| Empleo | Sin inversión mínima | Empleo formal con una empresa panameña: carta de trabajo notariada, certificado del Registro Público de la empresa, Aviso de Operación y presentación de la solicitud de permiso de trabajo ante MITRADEL. |
| Bienes inmuebles | US$200,000 | Propiedad a título personal, mediante sociedad en la que el solicitante sea beneficiario final o mediante Fundación de Interés Privado en la que sea fundador y beneficiario; se permite financiamiento bancario. |
| Depósito a plazo fijo | US$200,000 | Certificado por un banco de licencia general en Panamá, libre de gravámenes y por un período de tres (3) años; puede mantenerse personalmente o mediante las estructuras permitidas. |
1. Vía laboral
Cuando la solicitud se realiza por razones laborales, el expediente debe incluir una carta de trabajo en papel membrete de la empresa, firmada por el representante legal, en la que se indique el cargo, salario y compromiso de repatriación, debidamente notariada.
También deberá aportarse el certificado del Registro Público del empleador, copia notariada de su Aviso de Operación —o la justificación correspondiente conforme a la Ley 5 de 2007 cuando no resulte aplicable— y copia del poder y de la solicitud de permiso de trabajo presentada ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), firmada por el representante legal y el solicitante.
2. Vía de bienes inmuebles — US$200,000
El solicitante debe presentar una certificación del Registro Público de Panamá que acredite la propiedad del inmueble.
La propiedad puede estar inscrita a título personal, a nombre de una persona jurídica en la que el solicitante sea el beneficiario final de las acciones, o a nombre de una Fundación de Interés Privado en la que el solicitante sea fundador y beneficiario final. La adquisición puede ser financiada mediante un banco local.
3. Vía de depósito a plazo fijo — US$200,000
Debe presentarse una certificación emitida por un banco de licencia general que opere en Panamá, mediante la cual se acredite un depósito de US$200,000, libre de gravámenes y constituido por un período de tres (3) años.
El depósito puede mantenerse a título personal, mediante una persona jurídica en la que el solicitante sea beneficiario final o mediante una Fundación de Interés Privado en la que sea fundador y beneficiario.
¿Puedo incluir a mi familia?
Sí. La lista oficial de requisitos contempla expresamente a los dependientes y exige documentación adicional, incluyendo carta de responsabilidad, prueba del parentesco, certificado de matrimonio para el cónyuge, certificados de nacimiento para los hijos y documentos judiciales de custodia cuando corresponda.
Los dependientes mayores de 18 y menores de 25 años deben presentar certificación de una institución educativa que acredite su condición de estudiante regular a tiempo completo, además de una declaración jurada de soltería.
El residente también debe demostrar solvencia económica. La lista de requisitos contempla ingresos mínimos de B/.1,000 mensuales más B/.100 por cada dependiente, acreditados mediante declaración de renta con su correspondiente paz y salvo, o mediante carta de trabajo vigente acompañada de los registros de seguridad social y copia del permiso de trabajo.
¿Cómo funciona el proceso de solicitud?
Cada expediente varía según la vía seleccionada y las circunstancias particulares del solicitante. En términos generales, el proceso comprende:
- Evaluación de elegibilidad según nacionalidad y vía.
- Selección de la vía aplicable.
- Preparación de documentos en Panamá y en el extranjero.
- Revisión de formalidades, apostillas y traducciones.
- Presentación de la solicitud ante el Servicio Nacional de Migración.
- Etapa de residencia provisional por dos años.
- Solicitud posterior de residencia permanente.
¿Cuánto demora la Visa de Países Amigos?
La lista oficial de requisitos no establece un plazo total de tramitación.
El tiempo efectivo dependerá de la preparación del expediente, la obtención de documentos en Panamá y en el extranjero, la vía seleccionada, posibles requerimientos adicionales y los tiempos de respuesta de las autoridades.
Países Amigos vs. Inversionista Calificado: ¿cuál conviene?
La Visa de Países Amigos exige tener una nacionalidad elegible y contempla una inversión desde US$200,000 en las modalidades correspondientes, con un proceso de dos etapas hasta alcanzar la residencia permanente.
La Visa de Inversionista Calificado, por su parte, está disponible para personas de cualquier nacionalidad, contempla inversiones desde US$300,000 en bienes inmuebles y permite obtener residencia permanente directamente mediante un procedimiento especial.
La alternativa más adecuada dependerá de la nacionalidad del solicitante, el capital disponible, sus objetivos, el tiempo y su situación familiar.
Para conocer en detalle los requisitos, modalidades de inversión y el proceso de solicitud, consulte nuestra guía completa sobre la “Visa de Inversionista Calificado”.
¿La visa me convierte en residente fiscal de Panamá?
No. La residencia migratoria y la residencia fiscal son conceptos jurídicos diferentes. Obtener un permiso de residencia migratoria no convierte automáticamente al titular en residente fiscal panameño ni extingue las obligaciones tributarias que pueda mantener en otras jurisdicciones.
Para entender los criterios fiscales aplicables, consulte nuestra Guía definitiva para obtener la Residencia Fiscal en Panamá.
Preguntas frecuentes
Pueden aplicar nacionales de los aproximadamente 50 países y jurisdicciones designados por la normativa migratoria panameña. La nacionalidad debe verificarse contra la lista oficial vigente antes de presentar la solicitud.
La vía de bienes inmuebles requiere una inversión mínima de US$200,000, mientras que la vía de depósito a plazo fijo exige US$200,000 por un período de tres años. La vía laboral no exige una inversión mínima.
No inicialmente. La categoría comienza con un permiso de residencia provisional por dos años. Posteriormente, el solicitante puede aplicar a la residencia permanente si continúa cumpliendo con los requisitos correspondientes.
Sí. Pueden incluirse dependientes conforme a los requisitos de la categoría. Los hijos mayores de 18 y menores de 25 años deben acreditar, entre otros requisitos aplicables, su condición de estudiantes regulares a tiempo completo y su estado civil.
La vía laboral se estructura sobre la existencia de una relación formal de trabajo y la correspondiente solicitud de permiso ante MITRADEL. La autorización para trabajar está sujeta a las normas laborales y migratorias aplicables.
Enlace interno: “permiso de trabajo” → cluster de Permisos de Trabajo en Panamá.
Hable con nuestro equipo
El equipo de Derecho Migratorio de LAC Legal evalúa la elegibilidad del solicitante, estructura la vía aplicable —incluyendo alternativas inmobiliarias o mediante fundaciones— y brinda acompañamiento durante las etapas de residencia provisional y permanente.